La Junta aprueba el decreto de ordenación y fomento de la artesanía

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El Consejo de Gobierno ha aprobado esta mañana el nuevo Decreto de Ordenación y Fomento de la Artesanía de Castilla y León que pretende adaptar la regulación y ordenación del sector a los cambios producidos en los últimos años

La nueva ordenación, promovida por la Consejería de Empleo e Industria a través de la Dirección General de Comercio y Consumo, permite reunir en una sola norma aspectos que hasta ahora se encontraban dispersos en distintas disposiciones y plantea una nueva regulación que refleja los cambios que se han producido en el sector en los últimos años como consecuencia del manejo de herramientas digitales y del desarrollo de nuevos materiales y actividades.

La tramitación se ha llevado a cabo con una amplia participación ciudadana, contando especialmente con los sectores implicados. Se ha realizado una consulta pública previa, se ha sometido a los trámites de participación ciudadana e información pública mediante su publicación en la plataforma de Gobierno Abierto y se ha dado audiencia al sector a través de las asociaciones y federaciones de artesanos. Así mismo, se han recabado informes del resto de consejerías y del Consejo Económico y Social de Castilla y León.

Modificaciones

El decreto introduce tres modificaciones fundamentales. En primer lugar, se plantea una nueva definición de artesanía, haciendo que la intervención personal y el conocimiento técnico sean determinantes en el resultado final del proceso artesanal, y posibilitando, no solo el empleo de maquinaria auxiliar, sino el de cualquier otro tipo de herramientas digitales o analógicas.

En segundo lugar, se suprime la tradicional dicotomía entre taller artesano y artesano que veían aplicándose a empresas o personas físicas, respectivamente. Se establece el taller artesano como única figura, con un único procedimiento para obtener el reconocimiento de taller artesano, siendo necesario, en el caso de las personas físicas, que la persona titular de la actividad tenga la condición de artesano o artesana; mientras, en el supuesto de personas jurídicas, se requiere que tenga tal condición la persona que dirija, supervise y controle la totalidad del proceso productivo

En tercer lugar, se modifica el Repertorio Artesano de Castilla y León para dar cabida a nuevas actividades artesanas y, sobre todo, para clasificar estas actividades en función de los subsectores económicos a los que se dirigen los productos o servicios que se generan. Con ello, se eliminan, también, las posibles restricciones de acceso para aquellas actividades que -por su novedad en los procesos y materiales productivos- se ven excluidas del repertorio actual.

El decreto recoge también distintas iniciativas para el fomento y la promoción de la artesanía con el fin de mejorar la productividad, desarrollar canales de comercialización propios, impulsar la formación o favorecer su divulgación. Así mismo, se contempla la creación de un Distintivo de la Artesanía de Castilla y León que sirva como marca para identificar y distinguir los productos artesanales de la Comunidad.

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