La Consejería de Empleo e Industria destina 2,6 millones de euros para la contratación de desempleados a través de entidades sin ánimo de lucro

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Estas ayudas cuentan con un presupuesto de  2.635.200 euros

El Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL) ha aprobado la convocatoria de subvenciones destinadas a la contratación temporal de personas desempleadas, por entidades sin ánimo de lucro. Las contrataciones, destinadas a la realización de obras y servicios de interés general y social, deberán favorecer, además, la empleabilidad de las personas contratadas mediante formación y prácticas profesionales.

Estas ayudas, que cuentan con un presupuesto de  2.635.200 euros, se enmarcan dentro de la política de colaboración entre la Junta de Castilla y León y las entidades sin ánimo de lucro, que posibilita la confluencia de acciones concertadas, con el doble objetivo de favorecer la creación de empleo y, a la vez, contribuir al desarrollo, aprovechamiento y dinamización del potencial económico, social y cultural de la Comunidad.

Se prevé que con esta ayuda las entidades sin ánimo de lucro puedan contratar a un total de 263 desempleados, que contarán, además, con una oportunidad para adquirir una experiencia laboral mínima que les permita su futura inserción en el mercado de trabajo, canalizando su aprendizaje hacia ocupaciones que faciliten una mayor estabilidad en el empleo.

Las subvenciones tienen por objeto financiar los costes salariales y de seguridad social de las personas contratadas (desempleados inscritos en el Servicio Público de Empleo) durante un periodo de 6 meses. La cuantía de la subvención se calculará en función del indicador público de renta de efectos múltiples mensual (IPREM), y el periodo subvencionable abarcará desde el 1 de enero de 2020 hasta el 30 de junio de 2021.

Las entidades que concurran a esta convocatoria deberán presentar una propuesta de obra y/o servicios de interés general o social que sea ejecutada en régimen de administración directa en el ámbito de la Comunidad Autónoma. La duración de los proyectos no debe superar los nueve meses desde la fecha de su inicio.

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