La Comunidad supera los ciento cincuenta mil positivos con 143.819 confirmaciones COVID-19 en pruebas de infección activa

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Castilla y León registra hoy 2.186 nuevos casos de la enfermedad COVID-19, con lo que su número actual acumulado es 150.614; de esa cifra, 143.819 han dado positivo mediante pruebas de infección activa (*).

Todos los nuevos positivos se han declarado atendiendo a la definición de caso confirmado de infección por SARS-CoV-2 adoptada por la Autoridad sanitaria nacional en la Estrategia de Vigilancia, Diagnóstico y Control en la Fase de Transición de la Pandemia de la COVID-19; de los 2.186 nuevos casos notificados hoy al C.C.A.E.S. de acuerdo con el criterio epidemiológico del Ministerio de Sanidad, 2.011 tienen diagnóstico el día previo.

Los brotes activos (**) actualmente en el conjunto de la Comunidad son 638 y los casos positivos a ellos vinculados, 3.962.

Las nuevas altas hospitalarias son 45, con lo que ascienden a 20.226 y han fallecido en hospitales de la Comunidad once pacientes, con lo que son 4.300 las defunciones totales en este ámbito asistencial.

La situación recogida provincialmente puede consultarse en el archivo adjunto y de forma más amplia y diariamente a través de este enlace al Portal de Transparencia de la Administración autonómica castellana y leonesa, ( Enlace a la información actualizada sobre el nuevo coronavirus COVID-19 en Castilla y León ); también ahí puede encontrarse la evolución diaria de la vacunación frente a la COVID-19 en la Comunidad.

La Junta de Castilla y León insiste en la responsabilidad individual y colectiva de los ciudadanos, cumpliendo con las medidas preventivas de uso obligatorio de la mascarilla, la distancia interpersonal y la higiene de manos, así como aquellas otras de ámbito sectorial definidas en la normativa vigente.

Asimismo se recuerda a la ciudadanía, con carácter general, la necesidad de limitar los encuentros sociales fuera del entorno de convivencia estable.

La Comunidad de Castilla y León mantiene, en el marco temporal establecido por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el Estado de Alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, su cierre perimetral, en las condiciones y con las excepciones establecidas en los correspondientes Acuerdos de la Presidencia de la Junta; también continúa la reducción, con carácter general, a un máximo de seis personas de las agrupaciones en espacios públicos y privados; y el toque de queda, de diez de la noche a seis de las mañana, circunstancia que supone la limitación parcial y temporal de la libertad de circulación de las personas en la Comunidad castellana y leonesa, por motivos muy graves de salud pública durante ese horario.

Todas las provincias de Castilla y León están actualmente en nivel 4 reforzado de alerta sanitaria para la contención de la pandemia, con medidas preventivas excepcionales frente a la COVID-19 ( Pubicación en el BOCyL del Acuerdo 4/2021 sobre medidas excepcionales preventivas frente a la pandemia en Castilla y León ).

Además de este régimen agravado mantienen su vigencia las medidas preventivas ordinarias correspondientes, más concretas y sectoriales, recogidas en el Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se establecen niveles de alerta sanitaria y se aprueba el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León ( Acuerdo 76/2020 )

Desde la Autoridad sanitaria autonómica se reitera la importancia de cumplir también con todas las medidas de carácter general actualmente en vigor y que hacen mención a aspectos preventivos individuales y colectivos, tales como el uso obligatorio de la mascarilla, el lavado de manos, la distancia de seguridad interpersonal, etc., así como aquellas otras de carácter sectorial.

Sólo a través de la corresponsabilidad, la solidaridad y la colaboración ciudadana y con el esfuerzo y el compromiso de los profesionales sanitarios, la pandemia por la COVID-19 podrá ser superada, siendo para ello fundamental cumplir las recomendaciones sociales y sanitarias de autoridades nacionales, autonómicas, provinciales y locales.

(*) Pruebas diagnósticas de infección activa: PCR y test Ag.

(**) Se considera brote cualquier agrupación de tres o más casos con infección activa en los que se ha establecido un vínculo epidemiológico y, en el caso de residencias de personas mayores u otros centros socio sanitarios, con uno o más casos. Un brote activo se define como aquel que haya tenido algún caso en los últimos catorce días, teniendo en cuenta la fecha de inicio de síntomas o la de diagnóstico, si la de los síntomas no está disponible.

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